El Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya, a través de la Secretaria de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima, es la encargada de definir la orientación de la ejecución penal en Catalunya y de implantar las propuestas, planes y programas para su ejecución. Catalunya es la única comunidad autónoma española que tiene transferidas -desde el 1 de enero de 1984- las competencias en materia de servicios penitenciarios y, por tanto, coordina y supervisa la implantación de políticas en este ámbito.
Todo el personal a su cargo pertenece a la administración de la Generalitat, los docentes y sanitarios son personal propio de sus respectivos departamentos y el resto del Departamento de Justicia.
Una de las diferencias organizativas respecto al resto del Estado es que Servicios Penitenciarios está encuadrado en el Ministerio del Interior, y en Catalunya en el Departamento de Justicia de la Generalitat.
Ahora que vienen curvas con la sentencia del denominado ‘procés’ es conveniente conocer mínimamente el sistema penitenciario en Cataluña.
Dentro del personal penitenciario podemos diferenciar 3 ámbitos diferentes: personal de vigilancia, personal de rehabilitación y personal de administración.
El desempeño de sus funciones se desarrolla con población encarcelada, con presencia de patologías múltiples y diversas que se deben abordar, contener y resolver, en cada una de las intervenciones. Actualmente, el porcentaje de agresiones que sufren los profesionales penitenciarios no cesa de aumentar y no tiene visos de iniciar un descenso, al menos a corto plazo.
Como colectivo tienen problemas comunes en cualquiera de los 3 ámbitos arriba mencionados. Falta de personal; porcentajes altos de trabajadores/as interinos/as, muchos años sin oposiciones y por tanto, sin opción a la posibilidad de consolidar la plaza que se ocupa y una nula carrera administrativa- se accede a cargos superiores pero encuadrados en el mismo grupo; el envejecimiento de las plantillas- el 50,89% de los profesionales penitenciarios tienen una edad superior a los 50 años; no hay un decreto satisfactorio que regule el acceso a la 2ª actividad ni tampoco la posibilidad de jubilación anticipada. En definitiva, no existe una política clara sobre lo que se quiere y, por tanto, como se pretendería conseguirlo. Lo mismo que en los Mossos d’Esquadra, etc…
Valorando el aumento de población reclusa extranjera, el alarmante aumento de los índices de criminalidad en ciudades como Barcelona y la proliferación de casos criminales específicos las expectativas no son muy esperanzadoras.
Finalmente, y con los hechos discriminatorios ya observados estos meses veremos lo que nos depara el futuro ante una competencia exclusiva del Estado en toda España menos en la comunidad autónoma de Cataluña (siempre es bueno recordar esta cesión masiva de competencias en décadas anteriores para valorar el presente y el futuro disminuyendo a su vez el victimismo político habitual de los políticos secesionistas).
David Hernández es presidente de Politeia
no recibe subvenciones de la Generalitat de Catalunya.
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