Este martes no será un buen día para el fugitivo Carles Puigdemont y para toda su corte de palmeros. El Tribunal de Justicia de la UE rechaza los motivos que alegó Bélgica para oponerse a la euroorden de detención del Tribunal Supremo dictada por el juez Llarena.
Los magistrados consideran que un estado miembro de la UE no puede denegar una euroorden de detención basándose en la falta de competencia del tribunal que la emite, como hizo Bélgica.
«Una autoridad judicial de ejecución no puede negarse, en principio, a ejecutar una orden de detención europea basándose en la falta de competencia del órgano jurisdiccional que habrá de enjuiciar a la persona buscada en el Estado miembro emisor. Dicha autoridad deberá, no obstante, negarse a ejecutar dicha orden si comprueba que en ese Estado miembro hay deficiencias sistémicas o generalizadas que afectan a su sistema judicial y que el órgano jurisdiccional que habrá de enjuiciar a la persona buscada en dicho Estado miembro es manifiestamente incompetente para ello», afirma la sentencia del TJUE.
El Tribunal Superior de Justicia la Unión Europea dice dos cosas importantes: la circunstancia que el interesado haya podido evocar no reviste importancia decisiva y que no se opone a la emisión de varias euroórdenes sucesivas para una persona buscada por un estado miembro.
Llarena puede emitir una nueva euroorden contra el exconsejero catalán Lluis Puig, quien huyó con Puigdemont a Bélgica en 2017, pero que a diferencia del expresident no es eurodiputado y no goza, por tanto, de inmunidad.
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