La justicia ha vuelto a poner límites a la patrimonialización del espacio público en Cataluña. Un juzgado de Gerona ha dictado una sentencia clara contra el Ayuntamiento de Verges, obligándole a retirar las esteladas que decoran sus farolas. La resolución recuerda al consistorio que las instituciones no pueden ser el tablón de anuncios de una ideología concreta. La alcaldesa es Diana Canals, vinculada a la CUP.
El fallo estima el recurso presentado por la asociación Impulso Ciudadano, que denunció la presencia de símbolos partidistas en las vías públicas. Según el magistrado, mantener estas enseñas rompe de forma flagrante con el deber de neutralidad que se le exige a cualquier administración. Una calle no puede ser un escenario de propaganda para los gobernantes de turno.

La sentencia no se queda solo en el mobiliario urbano, sino que entra de lleno en la fachada del propio ayuntamiento. El tribunal obliga a colocar las banderas oficiales de España y de Cataluña en el exterior del edificio consistorial. Es una medida que busca restaurar la legalidad vigente en un municipio del Baix Empordà que parecía haberla olvidado.
Además, el juzgado ha declarado «contraria a derecho» la exhibición de una bandera ‘antifascista’ que incluía una estelada en el balcón municipal. Aunque dicho símbolo ya fue retirado, la justicia deja claro que los balcones institucionales no están para emitir mensajes políticos. La neutralidad institucional es la única garantía de respeto para todos los ciudadanos.
Es revelados que tenga que ser un tribunal quien recuerde a un alcalde sus obligaciones más básicas. La resolución insiste en que la bandera de España debe ocupar siempre «un lugar destacado, visible y de honor». Es una obviedad legal que, lamentablemente, se ha convertido en una excepción en ciertas zonas de la geografía catalana.
Esta situación refleja la resistencia de algunos sectores de la izquierda antisistema a aceptar las reglas del juego democrático. Para estos ayuntamientos, el espacio de todos es, en realidad, solo de ellos. Utilizan los recursos públicos para marcar territorio y excluir psicológicamente a quien no comparte su proyecto de ruptura.
La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sin embargo, el contenido es tan contundente que marca un precedente difícil de ignorar. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ya es muy sólida respecto a la prohibición de exhibir símbolos partidistas en edificios y espacios públicos.
El caso de Verges es un síntoma de una enfermedad mayor: la erosión de la convivencia a través de la simbología. Cuando una farola o un balcón oficial se utilizan para dividir a la sociedad en «buenos» y «malos» catalanes, la democracia se resiente. La bandera nacional representa a todos, guste más o menos a los que ocupan el despacho de alcaldía.
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