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El Tribunal Constitucional francés anula la posibilidad de la inmersión lingüística en lenguas regionales

El uso del francés es obligatorio por parte de las Administraciones públicas y de las personas privadas que ejercen funciones públicas.

Por Redacción
sábado, 26 de junio de 2021
en Sociedad
2 mins read
 

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El día 21 de mayo de 2021 la Cour Constitutionnelle francesa, equivalente a nuestro Tribunal Constitucional, ha declarado la vulneración de la Constitución francesa de 1958 por algunos artículos de la Ley sobre protección patrimonial de las lenguas regionales y su promoción.

El análisis que se efectúa parte del contenido del artículo 2 de la Constitución de 1958 que proclama que el francés es la lengua de la República. De tal afirmación se deduce que el uso del francés es obligatorio por parte de las Administraciones públicas y de las personas privadas que ejercen funciones públicas. Además, se deduce del contenido de la Constitución que los particulares no pueden dirigirse en sus relaciones con las Administraciones públicas en otra lengua que no sea el francés ni ser obligados al uso de otra lengua.

Tales principios son empleados para anular el contenido del artículo 4 que admitía la posibilidad de uso de la inmersión lingüística en lengua regional en sede de la enseñanza pública al entender que este método suponía utilizar como lengua principal de la educación o como lengua de comunicación en el centro una lengua diferente del francés.

También se anula el artículo 9 que permitía que en los actos relativos al estado civil de las personas se emplearan signos diacríticos propios de lenguas diferentes de la francesa ya que supondría autorizar a los ciudadanos al uso de una lengua diferente del francés en sus relaciones con las Administraciones públicas.

Sí se declara la constitucionalidad de la posibilidad de los municipios de financiar la primera enseñanza voluntaria en lengua regional ofertada en otros municipios cuando no se ofertase en el municipio financiador.

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Etiquetas: catalánFrancia
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