El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, que está pendiente de convalidación por el Congreso de los Diputados incluye entre sus diversas normas la revalorización de las pensiones publicas para 2026 en el porcentaje equivalente al valor medio de variación de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior, expresado con un decimal, resultando un 2,7 por ciento.
Esto significa que el incremento de las pensiones públicas del 2,7 por ciento tiene por finalidad mantener el valor real de éstas. Que sea posible adquirir con el importe actualizado los mismos bienes y servicios que se podían adquirir en el año 2025.
Sin embargo, en este planteamiento no se incluye un factor muy importante como es el de la aplicación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las pensiones como rentas del trabajo que son. Desde 2015 no se actualizan las tarifas del IRPF lo que hace que una subida de la pensión conlleve un mayor pago de IRPF que la subida de la pensión.
Un ejemplo sirve para explicarlo mejor. Suponemos una persona jubilada de 75 años que tiene una discapacidad reconocida del 34%. En 2025 recibía una pensión mensual de 2.875,73€ sobre la que se aplicaba una retención del 18,69% que ascendía a 537,47€ por lo que la renta neta resultaba de 2.338,26€.
Si se mantiene la misma presión fiscal sobre la renta equivalente en valor a una pensión de 2.953,37€ (2.875,73€ x 1,027) le correspondería pagar el 18,69% que daría lugar a una retención de 551,98€ y la renta neta sería de 2.401,39€. La renta neta en 2026 sería la misma renta neta que la de 2025 con la actualización del 2,7%.
Sin embargo, la realidad es diferente y desfavorable para la persona jubilada. Dado que no se ha actualizado la tarifa del IRPF en función del IPC resulta que siendo el mismo valor de compra el que se percibe en 2026 se exige mayor tributación. Donde se aplicaba el tipo de retención en 2025 pasa a aplicarse el tipo de retención del 19,17% resultando en una retención de 566,16€ y una renta neta de 2.387,21€. Es decir, que la renta neta en 2026 únicamente es igual a la renta neta de 2025 con la actualización del 2,09%. Es decir que, aunque se actualice el importe de la pensión para corregir el efecto de la inflación, la capacidad de compra efectiva baja por efecto del IRPF.
Esta situación se agrava en Cataluña donde el tramo autonómico de gravamen sobre el IRPF es más elevado que a nivel estatal por lo que la renta neta se reduce en mayor medida.
El resultado de la falta de actualización de los parámetros cuantitativos del IRPF como el mínimo exento o las tarifas estatal y autonómica conlleva la elevación de las cuotas mientras la riqueza real de los contribuyentes no crece lo cual consideramos va contra los principios de capacidad económica y de justicia que constituyen los principios fundamentales del sistema tributario español de acuerdo con lo previsto en el art.31.1 CE.
José María Tovillas Morán. Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Barcelona
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