La AEB ha hecho público el siguiente comunicado:
Según el calendario publicado por el Departamento de Educación de la Generalitat, está previsto que las pruebas de evaluación de Sexto de Primaria se realicen los días 20, 21 y 22 de abril y las de Cuarto de ESO se hagan los días 12 y 13 de febrero de 2020.
A efectos de hacer efectiva la opción lingüística del alumno en el momento de realizar las pruebas y remover cualquier obstáculo que pudiera surgir en su desarrollo, la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) ha pedido expresamente al Conseller Bargalló que su Departamento haga uso de sus facultades y dicte instrucciones que garanticen el derecho de los alumnos, tanto en las pruebas de evaluación de Sexto de Primaria como en las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato, para que:
- Los ejercicios de áreas no lingüísticas correspondientes a las pruebas de evaluación previstas en el Real Decreto 1058/2015 y en el Real Decreto 310/2016 estén redactados en las dos lenguas oficiales y vehiculares (castellano y catalán), y también en aranés en el Valle de Arán.
- Los ejemplares bilingües o trilingües se ofrezcan a los alumnos sin tener que solicitarlo explícitamente y la realización de la prueba se realice libremente en la lengua oficial de su elección, sin ningún tipo de traba.
- Los centros y profesores conozcan el procedimiento a efectos de que informen de sus derechos a los alumnos y a sus familias con la antelación debida y eviten trabas innecesarias en el ejercicio de los derechos de los alumnos o sus familias.
La AEB considera que no existe ningún motivo que impida garantizar el derecho de los alumnos y advierte que estará vigilante sobre el desarrollo de estas pruebas y que procederá a ejercer las acciones oportunas contra el Departamento y los responsables de los centros educativos que dificulten el ejercicio de este derecho.
El Tribunal Constitucional dictó la sentencia 109/2019, de 1 de octubre, y la sentencia 114/2019, de 16 de octubre, en relación con los conflictos positivos de competencia interpuestos por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña respecto a determinados artículos del Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato.
Ambas sentencias confirman el derecho de los alumnos a realizar en la lengua oficial de su elección (castellano, catalán o aranés), si así lo desean, las pruebas finales de la etapa de Educación Primaria y las evaluaciones de ESO y Bachillerato.
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