Con el más despreciable cinismo, la mayoría de partidos se llenan la boca de grandilocuentes declaraciones contra el transfuguismo, clamorosa muestra de fraude, engaño y traición a la voluntad expresada por la ciudadanía en las urnas, firmando pactos contra esa vergonzosa práctica y creando comisiones de seguimiento de tales pactos. Pero como una cosa es predicar y otra dar trigo, de modo que no son raros los casos en que los firmantes de los acuerdos contra el transfuguismo recurren a esa felonía o se benefician de ella.
Tal es el caso de ERC, Convergencia (como quiera que ahora se llame) o los Comunes Podemos, en Sant Fost de Campsentelles, municipio que llevaba años de normalidad tras superar un tortuoso pasado en el que parecía víctima de una maldición bíblica (repetición de elecciones por pucherazo, moción de censura, 7 alcaldes en una legislatura…).
En las últimas elecciones, con un bochornoso caso de transfuguismo, el pueblo parecía volver a los peores tiempos.
Los medios ya se hicieron eco en su día del escándalo protagonizado por una vecina de Cabrils, funcionaria del Ayuntamiento de Sant Fost, aupada por un sector de empleados públicos particularmente reacios a trabajar o resentidos contra el gobierno municipal por los más peregrinos motivos, que consiguió (cuesta entender cómo) encabezar la candidatura municipal del PSC en este municipio vallesano.
A pesar de que las expectativas electorales del PSC eran muy superiores, probablemente por presentar a esa extravagante candidata, obtuvo sólo un escaño, el de esta señora.
Había ganado las elecciones la candidatura de la alcaldesa saliente, Independents Units per Sant Fost (IUSF) un grupo municipalista y transversal, que renovó los 6 de 13 concejales que componen el consistorio. Mientras el PSC firmaba con IUSF el pacto de gobierno que ya había funcionado en la anterior legislatura, la flamante concejala electa en la lista socialista, Josefa Sánchez, se reunía en secreto con los representantes de ERC, que se habían presentado coaligados con los convergentes, y con el concejal electo en las listas de Comunes Podemos.
Y en el pleno de constitución salta la liebre. En plena toma de posesión, Josefa Sánchez anuncia que abandona su candidatura y que opta a la alcaldía. ERC y Podemos, que habían postulado a sus cabezas de lista, cambian el sentido del voto y la tránsfuga es elegida alcaldesa.
Reina por un día. Era una alcaldesa-puente, para disimular el papel de ERC en la jugada. Al poco presentaba la dimisión para que el candidato convERCgente se hiciera con la alcaldía. En pago por su felonía, la tránsfuga obtuvo dedicación exclusiva con un salario que casi doblaba el de su puesto de trabajo, tenencia de alcaldía y otros nombramientos.
En estas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dicta la Sentencia 1401/2020 de 26 de octubre de 2020, de sentencia que sienta jurisprudencia con eficacia erga omnes, reafirmando la doctrina avanzada por el Tribunal Constitucional según la cual un concejal que abandona la candidatura por la fue elegido y pasa a la condición de “no adscrito”, no puede ostentar cargos o delegaciones ni percibir más retribución o indemnización que la que como a cualquier concejal electo (también los de la oposición) electo le corresponde.
Desde la publicación de dicha Sentencia, se está produciendo una reacción en cadena en municipios a lo largo y ancho del país.
También el culebrón de Sant Fost entra en un nuevo capítulo.
IUSF, la candidatura ganadora de las elecciones y a quien el PSC hubiera ratificado en la alcaldía de no ser por la confabulación que amancebó a ERC con la tránsfuga, formuló un requerimiento al Alcalde para que diera cumplimiento a los criterios de la Sentencia del Tribunal Supremo y retirara los cargos, dedicación y retribución a la tránsfuga y reclamara la devolución de los cobros indebidos.
Como viene siendo habitual, este alcalde ha dado la callada por respuesta, por lo que IUSF se ha visto obligado a solicitar un pleno extraordinario con un único punto: “Cumplimiento, en relación a la concejala tránsfuga Josefa Sánchez, de los efectos de la Sentencia1401/2020, de 26 de octubre de 2020, del Tribunal Supremo”
El Alcalde está obligado por ley a convocar este Pleno dentro de los 15 días siguientes a la petición.
Veremos quienes, en este Pleno, cumplen su compromiso contra el transfuguismo votando para que la señora Josefa Sánchez no siga gozando de lo que los tribunales han calificado peyorativamente como “la plusvalía del disidente” que vende su voto a cambio de beneficios políticos y económicos que no le corresponden.
Ejecutiva de Independents Units per Sant Fost
(Foto: la regidora tránsfuga, con el alcalde y sus apoyos)
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