El Tribunal Supremo ha dictado retirar el acta de diputado al presidente de la Generalitat, Quim Torra, avalando la resolución de la Junta Electoral Central de quitarle la condición de parlamentario tras ser condenado por un delito de desobediencia por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por Quim Torra para dejar en suspenso el acuerdo de la Junta Electoral.
Dicha Sala no ha respaldado el criterio de la Fiscalía, que recomendaba paralizar la ejecución del acuerdo de la Junta Electoral de inhabilitar a Torra por desobediencia hasta que hubiera un pronunciamiento sobre el fondo del caso.
Así, el Supremo da su visto bueno para que se le retire el acta a Torra por lo menos hasta que se resuelva el fondo el asunto.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no es firme, ya que está pendiente el recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Pero la Junta Electoral se acogió a un artículo de la ley electoral que permite considerar inelegible a una persona con condena, aunque no sea firme, si el delito es contra la administración pública.
Y es lo que ocurre en este caso ya que Quim Torra fue condenado por desobedecer a la propia Junta Electoral Central.
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