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Los errores de la ley “trans”

Por Antonio Jimeno
viernes, 28 de agosto de 2020
en Opinión
9 mins read
 

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El 23 de febrero de 2018 fue presentada en el Congreso de los Diputados, por parte de la diputada Irene Montero de Unidas Podemos, la proposición de ley denominada “Ley trans” (1), cuyo nombre oficial es “Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género”. Esta proposición de ley ha generado muchas discusiones entre el colectivo “trans”, apoyado por Podemos, los grupos feministas apoyados principalmente por el PSOE y muchas entidades próximas al PP y VOX. Se trata de una ley exclusiva para el colectivo “trans”, que no se debe confundir con la “Ley de Igualdad social LGTBI” (2), que también está pendiente de aprobación desde el 4 de mayo de 2017.

Las personas transexuales son aquellas que se sienten del sexo contrario al que poseen. Sobre por qué sucede esto, la explicación biológica más aceptada es que si el ambiente hormonal en el que se desarrolla un embrión, por ejemplo de mujer, es excesivamente alto en hormona masculina, su cerebro se puede estructurar siguiendo un patrón masculino, y lo contrario pasa en un cerebro de embrión de niño si no hay un mínimo de hormona masculina (3). Para intentar resolver esta discordancia, la “ley trans” opta por ignorar la realidad del “sexo biológico” del individuo y solo tiene en cuenta el concepto teórico de “género”, entendido éste como la sensación interna del individuo respecto a su sexo (la llamada identidad sexual sentida) y la forma como tiende a comunicarlo mediante su forma de hablar, de vestir y de gesticular (la llamada expresión de género manifestada). En relación con esto, la ministra Irene Montero, en una entrevista periodística (4), se hacía las siguientes preguntas retóricas: “¿Existen los hombres y las mujeres? ¿Qué es ser hombre y mujer? ¿Cómo se conceptualiza en las diversas teorías el binomio sexo-género y cómo se traslada a los derechos y políticas públicas? ¿Cuál es el nivel de hormonas que tenemos que tener para ser consideradas hombres o mujeres? ¿Cuánta talla de pecho tenemos que tener para ser hombre o mujer? ¿El sexo son sólo los genitales externos o es también el nivel de hormonas tradicionalmente consideradas por la biología masculinas o femeninas? ¿Es el sexo algo genético?”.

Sorprende que la ministra Montero se haga estas preguntas, porque la gran mayoría de las personas sí saben que hay hombres y que hay mujeres y las características biológicas fundamentales que los diferencian, como también sabe que hay un pequeño número de individuos transexuales, menos de 2500 en España (5), a los que se les reconoce su libertad para hacer lo que deseen, mientras no perjudiquen a nadie. Da miedo pues, que la persona que está liderando la redacción de esta ley, tenga tantas dudas sobre conceptos tan elementales.

El bloqueo hormonal en niños como la gran solución

El principal perjuicio que puede generar la “ley trans”, si finalmente es aprobada, es el perjuicio a la salud física y psíquica de los transexuales. Por ejemplo, en el Artículo 14.1.a se establece el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, utilizando la hormona estradiol (femeinizante), o bien la hormona testosterona (masculinizante), para evitar el crecimiento y la madurez de los testículos o de los ovarios respectivamente, así como los caracteres sexuales secundarios que de ellos se derivan. No se conocen bien los efectos del bloqueo hormonal en niños y preadolescentes, pero se ha apuntado un menor crecimiento de los huesos, un mayor riesgo de ataque cardíaco y de coagulación de la sangre y una mayor predisposición a la generación de células cancerosas en endometrio, glándulas mamarias e hígado. Todo ello implica que estas personas deberán hacerse revisiones médicas más rigurosas y con mayor frecuencia. Por otro lado, también tendrán un mayor riesgo de depresión y un mayor grado de estrés al tener que estar pendiente de un tratamiento delicado a lo largo de toda la vida.

Por otro lado, la “Ley trans” no cumple el principio de precaución, porque establece que a partir de los 16 años, sin requerimiento de informe psiquiátrico y sin necesidad de autorización paterna (Articulo 13), el solicitante tiene derecho, además de al tratamiento hormonal, a acceder a cambios irreversibles como son las intervenciones quirúrgicogenitales de adecuación corporal y de funcionamiento de los órganos genitales, al material protésico que sea preciso, así como a los tratamientos de modificación de su aspecto facial y de modulación del tono y timbre de la voz (Artículo 14). Por otro lado, permite a los menores trans, a partir de los 16 años o incluso con menor edad si tienen la madurez suficiente, que puedan solicitar el cambio de género en el Registro Civil (6).

Además, la “Ley trans” establece que ninguna persona podrá ser sometida a ningún tratamiento, procedimiento médico o examen psicológico o psiquiátrico que no desee o que pueda coartar su libre autodeterminación de género, incluso si existiera un diagnóstico psiquiátrico previo que pudiera desaconsejarlo (Art. 15.7). Es evidente que esta ley, con tal de favorecer que la persona decida realizar una autodeterminación de género, la deja totalmente desprotegida ante una posible decisión errónea, al impedir que previamente deba ser informada de otras posibilidades, como es priorizar su sexo biológico, aceptar su disforia de sexo e intentar superarlo con las ayudas necesarias. Con ello se evidencia la obsesión casi compulsiva del legislador.

Prohibir los conceptos de hombre y de mujer

El segundo gran perjuicio de la “Ley trans” es prohibir el uso de términos que definen a la inmensa mayoría de los seres humanos, como son el de hombre, mujer, sexo masculino, sexo femenino, madre, padre, etc. Si esta ley sale adelante, se convertirá en ilegal decir que en la especie humana hay dos tipos de individuos: los hombres, que son los que tienen testículos, los cuales se forman porque sus células poseen los cromosomas XY; y las mujeres, que son las que tienen ovarios, los cuales se forman porque sus células poseen los cromosomas XX. Evidentemente, como en todos los aspectos de la biología, la realidad es más compleja, por ejemplo, hay hombres XXY y mujeres XO, y en aspectos no relacionados con el sexo, por ejemplo, hay personas con tres cromosomas del tipo 21 (síndrome de Down). Pero esta diversidad no impide definir como hombre a la persona que presenta los cromosomas XY y como mujer a la que presenta los cromosomas XX. Si se admite que ya no se puede seguir hablando de las diferencias entre los hombres y las mujeres, que no se puede seguir enseñándolo en las escuelas y universidades, porque lo prohíbe la «ley trans» de lrene Montero (ver disposición final quinta punto 2), es que en España la ciencia ya se ha convertido en un estorbo para cumplir la futura ley.

La “ley trans” pretende sustituir los términos de hombre y de mujer por unos términos que solo definen de forma imprecisa y, en ocasiones, solo temporalmente, a una ínfima minoría de la población, como son: “hombres o niños con vulva”, “mujeres o niñas con pene”, “variantes de género”, “queer” (el que no es ni un hombre ni una mujer clásico), “personas no binarias (NB)”, “otros” (Art. 3), “hombre trans” (individuo con ovarios que actualmente presenta aspecto masculino), “mujer trans” (individuo nacido con testículos que actualmente presenta aspecto femenino), etc. Todos los ciudadanos, especialmente los padres con hijos pequeños, los maestros y los profesores que enseñan biología, deberían mantener el uso de los términos clásicos y los conceptos que ellos definen, y negarse a sustituirlos por una terminología pensada solo para los casos excepcionales.

El feminismo no reconoce a la mujer trans

El tercer y último perjuicio que generaría la “Ley trans”, que de hecho ya ha empezado a generar antes de ser aprobada, es que ha levantado la protesta de los grupos feministas, ya que ellos consideran que las mujeres trans no son auténticas mujeres, sino hombres intrusos en el mundo de las mujeres, hombres que tienen otros intereses, que pueden competir con ellas con ventaja en trabajos que requieran más fuerza física, en el mundo de los deportes, que son partidarios de los vientres de alquiler para tener hijos en lugar de condenar esta práctica que mercantiliza el cuerpo de las mujeres, que no condenan la prostitución, etc. (7). El debate está siendo muy duro, hasta el punto que el partido Izquierda Unida ha expulsado de su seno al Partido Feminista de España. Su fundadora, Lidia Falcón, ha comentado que “el género no existe, simplemente es un constructo lingüístico que sirve para clasificar cosas”, mientras que categorías antropológicas como mujer, hombre y padre, son tan antiguas como la humanidad y que la “autodeterminación de género” es absurda dado que, por ejemplo, el hecho de sentirme hombre no me hace hombre (8).

En el fondo de esta polémica se encuentra la guerra ideológica entre el PSOE y Unidas Podemos para quedarse con el voto feminista, guerra agravada después de que cuatro dirigentes socialistas (Carmen Calvo, José Luís Ábalos, Santos Cerdán y Alfonso Rodríguez) publicaran un argumentario interno (9), en el que se aceptan los postulados del denominado movimiento TERF, que no considera auténticas mujeres a las mujeres trans ni, por lo tanto, su derecho al reconocimiento de género (10).

Dado los problemas que generaría la “Ley trans”, es evidente que lo mejor sería que no fuera aprobada y que se siguiera atendiendo a las personas trans como a cualquier persona que acude a nuestro sistema de salud, explicándoles las diferentes opciones que existen, que actualmente no hay estudios fiables sobre los efectos a largo plazo de ciertos tratamientos en niños y adolescentes (11) y retrasando cualquier decisión irreversible hasta pasados los 18 años. Todo ello permitiría atenderles correctamente y sin riesgos, y evitaría forzar un cambio universal y radical de todos los conceptos que nos han aportado la antropología, la biología y nuestra cultura general desde hace miles de años. Cambiar nuestros actuales valores, comportaría cambiar nuestras actitudes ante muchísimas cosas y, consecuentemente, se produciría un cambio cultural muy arriesgado, que es lo que tal vez se está promoviendo.

Antonio Jimeno. Profesor de Biología

Bibliografía citada

(1) Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género. Boletín oficial de las cortes generales. Congreso de los Diputados 2/03/2018

http://www.sociedadeslibres.com/Proposicion_ley_trans_2018_BOCG_12_B_220_1.pdf

(2) Proposición de Ley contra la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales.

http://www.sociedadeslibres.com/Proposicion_ley_LGTBI_2017_BOCG_2_B_122_1.pdf

(3) Garcia-Falgueras A y Swaab D. F. (2010). Sexual Hormones and the Brain: An Essential Alliance for Sexual Identity and Sexual Orientation. Endocr Dev 17: pp. 22–35 http://www.sociedadeslibres.com/Garcia_FalguerasandSwaab2010.pdf

(4) Irene Montero: “España tiene un horizonte republicano clarísimo y el Gobierno tiene la responsabilidad de ser sensible”. Infolibre 07/08/2020. https://www.infolibre.es/noticias/politica/2020/08/07/irene_montero_espana_tiene_horizonte_republicano_clarisimo_gobierno_tiene_responsabilidad_ser_sensible_109775_1012.html

(5) ¿Cuántos transexuales existen? OBSERVATORIO DE BIOETICA UCV. 29/06/2016 https://www.observatoriobioetica.org/2016/06/cuantos-transexuales-existen/14646

(6) El Constitucional permite que los menores transexuales «con madurez» puedan cambiar de género en el DNI. 20 minutos 18/07/2019 https://www.20minutos.es/noticia/3707695/0/tribunal-constitucional-menores-transexuales-cambio-genero-dni/

(7) ¿En qué consiste la Ley Trans anunciada por Montero que ha provocado que IU expulse al Partido Feminista? Alejandro González Vizuete  20 minutos. 26.02.2020 https://www.20minutos.es/noticia/4165975/0/en-que-consite-la-ley-trans-anunciada-por-la-ministra-montero/?autoref=true

(8) Lidia Falcón, contra la Ley Trans: «¿Es de izquierdas hormonar a un niño para que cambie de sexo?» elespañol 29/06/2020  https://www.elespanol.com/espana/politica/20200629/lidia-falcon-ley-trans-izquierdas-hormonar-cambie/501200291_0.html

(9) El sorprendente argumentario transfóbico del PSOE que aplaude hasta Hazte Oír. La organización ultracatólica aplaude la última circular interna del PSOE que incluye un argumentario transfóbico. Los replicantes 11/06/2020. https://www.losreplicantes.com/articulos/argumentario-transfobico-psoe-hazte-oir/

(10) Varios colectivos feministas exigen la dimisión de Irene Montero por defender a las mujeres trans. Irene Montero ha defendido proteger los derechos de las mujeres trans y un sector del feminismo ha salido para pedir su dimisión. Los replicantes 08/08/2020.   https://www.losreplicantes.com/articulos/colectivos-feministas-irene-montero-mujeres-trans/

(11) Lawrence S. Mayer y Paul R. McHugh, «Resumen ejecutivo», Sexualidad y género: hallazgos de las ciencias biológicas, psicológicas y sociales ,  The New Atlantis , número 50, otoño de 2016, págs. 7-9. https://www.thenewatlantis.com/publications/resumen-ejecutivo


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