El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado al Parlament de Cataluña exhibir de forma inmediata y permanente la bandera de España junto a la bandera catalana en el exterior de su edificio. La decisión responde a un auto dictado por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que estima parcialmente las medidas cautelares solicitadas por la entidad Impulso Ciudadano.
La resolución considera que la práctica seguida hasta ahora, consistente en colocar la bandera únicamente en días de pleno o retirarla de forma habitual, vulnera la legalidad vigente. Según el tribunal, la normativa obliga a que la bandera de España ondee de manera permanente en los edificios públicos, en cumplimiento de la Constitución y de la Ley 39/1981. El auto subraya que esta exigencia no tiene carácter simbólico ni opcional, sino que responde a una obligación jurídica vinculada a la representación de la soberanía nacional y los valores constitucionales.
El TSJC también descarta que la medida cause perjuicio al interés general. Al contrario, sostiene que su finalidad es garantizar el cumplimiento de la ley y la adecuada representación institucional. En este sentido, recalca que el respeto a los símbolos oficiales constituye un elemento esencial para asegurar la neutralidad de las instituciones públicas.
Asimismo, la resolución recuerda que la normativa establece que la bandera de España debe ocupar un lugar preferente y no puede tener un tamaño inferior al de otras banderas oficiales. Este criterio podría afectar a la presencia de símbolos autonómicos de grandes dimensiones en espacios públicos. Impulso Ciudadano ha valorado positivamente la decisión judicial y ha reiterado su compromiso de seguir promoviendo el respeto a la legalidad, la neutralidad institucional y los derechos de todos los ciudadanos en Cataluña.
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