La Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB) valora positivamente que la reciente sentencia de 14 de noviembre de 2025 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña haya estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por nuestra entidad y haya anulado los preceptos más polémicos del documento de gestión para el curso 2025-2026, aprobado por el Departamento de Educación.
Los apartados suprimidos pretendían imponer el catalán como única lengua de cohesión social, cultural y comunitaria, configurando un modelo escolar excluyente, contrario a los derechos fundamentales y ajeno al pluralismo lingüístico real de Cataluña.
La resolución del Tribunal constituye un duro revés para quienes aspiran a convertir los centros educativos en espacios en el que el catalán sea la única lengua docente y de comunicación. Además refuerza, de forma inequívoca, el modelo de conjunción lingüística, que exige la presencia equilibrada y complementaria del catalán y del castellano en la vida escolar.
La sentencia considera que el catalán es la “lengua base” del sistema educativo catalán, pero introduce un correctivo esencial: esta formulación —extraña en un modelo de conjunción lingüística— queda atenuada por la prohibición expresa de excluir al castellano como lengua vehicular. Además, exige que los centros educativos incluyan explícitamente el castellano en sus proyectos lingüísticos, lo que obligará a modificar aquellos proyectos que lo hayan relegado o invisibilizado. El Tribunal reafirma así el equilibrio lingüístico entre ambas lenguas oficiales que la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional ha venido consolidando ya que “el hecho de que la lengua base sea el catalán o el aranés no es obstáculo para que se emplee el castellano”.
Un aspecto especialmente relevante es la crítica contundente que realiza el TSJ a la idea de que el catalán pueda presentarse como lengua exclusiva de cohesión social. El Tribunal subraya que esta pretensión vulnera los derechos fundamentales, al imponer una identidad lingüística uniforme y ajena a la realidad social de Cataluña, donde el castellano forma parte indiscutible del patrimonio cultural común y del tejido de convivencia entre los ciudadanos. Especialmente destacable es el hecho de que el Tribunal critique que se vincule el uso del catalán a la cohesión del alumnado, “excluyendo el empleo del castellano y, nuevamente, vinculando la lengua oficial del Estado a una mera obligación académica, que no contribuye a la formación de una sociedad que comparta los mismos valores”.
La sentencia también produce un debilitamiento decisivo de la figura del coordinador lingüístico, que en la práctica se había convertido en un comisario lingüístico encargado de promover e imponer el uso del catalán en todos los espacios del centro, tanto formales como no formales. Al anularse los preceptos que sustentaban esas funciones, quedan sin cobertura jurídica las iniciativas que presionaban a docentes, alumnos y personal externo para que renunciaran al uso del castellano.
Como consecuencia directa, las actuaciones desarrollados bajo esa lógica —incluidos los proyectos ULAE y los mecanismos de control y acoso lingüístico hacia profesores que utilizan el castellano— quedan invalidados. La sentencia deja claro que nadie puede ser obligado a utilizar exclusivamente el catalán en un centro educativo, y que la convivencia escolar debe basarse en el respeto a las dos lenguas oficiales.
La AEB considera que la sentencia aclara el marco jurídico y restaura los principios básicos de neutralidad y equilibrio lingüístico que deben regir el sistema educativo. La imposición del catalán como única lengua cohesionadora ha sido corregida, y se reafirma que la convivencia lingüística en Cataluña no puede cimentarse sobre la marginación del castellano.
La AEB seguirá trabajando para que esta resolución se cumpla en todos los centros educativos y para que la Generalitat abandone definitivamente los intentos de construir una escuela monolingüe al margen de la legalidad y de la realidad social de Cataluña. La escuela catalana debe ser un espacio de pluralidad, igualdad y libertad, en el que los derechos lingüísticos de todos los ciudadanos sean plenamente respetados.
A la vista de esta resolución, la AEB exige a la Generalitat que garantice el cumplimiento de la sentencia en todos los centros y en particular insta al Departamento de Educación:
– A modificar de inmediato las instrucciones para ajustarlas a la legalidad constitucional.
– A prohibir expresamente que coordinadores lingüísticos o equipos directivos promuevan prácticas que excluyan el castellano.
– A garantizar que ninguna familia, docente o alumno sea presionado por utilizar cualquiera de las lenguas oficiales.
La sentencia constituye un recordatorio claro: la exclusión del castellano es inconstitucional y no puede formar parte del proyecto educativo de los centros públicos de Cataluña.
La AEB pedirá una entrevista con la Consejera de Educación para que solicitar información sobre las medidas que se van a adoptar para ejecutar la sentencia.
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