La felicidad de los golpistas puede venirse abajo, de hecho para Carme Forcadell ya se ha quedado en nada. Ya que el Supremo ha tumbado su semilibertad y estudiará la de los demás.
El Tribunal Supremo ha establecido que la competencia para resolver los recursos de apelación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario es del tribunal sentenciador, es decir suya.
Y con esta competencia ha revocado la aplicación del artículo 100.2 a la ex presidenta del Parlamento «por falta de justificación y desconexión con la reinserción«.
Los magistrados sostienen que «no existe ninguna conexión» entre el programa de tratamiento aprobado, consistente en tareas de voluntariado y acompañamiento a un familiar fuera de la prisión, y el proceso de reinserción.
(NOTA: En estos momentos de crisis y de hundimiento de publicidad, elCatalán.es necesita ayuda para poder seguir con nuestra labor de apoyo al constitucionalismo y de denuncia de los abusos secesionistas. Si pueden, sea 2, 5, 10, 20 euros o lo que deseen hagan un donativo aquí).
no recibe subvenciones de la Generalitat de Catalunya.
Si quieres leer nuestras noticias necesitamos tu apoyo.