Vivo en un barrio céntrico de la ciudad. De edificios antiguos y ruido en las calles.
El otro día paseando por la mía, es una calle larga que enlaza con una de las calles emblemáticas del circuito turístico de la ciudad; pasé por una zona cuya fachada pertenece a un edificio que forma parte del espacio público; aquél que, siendo de titularidad pública, se encuentra afectado al uso general o servicio público.
Iba caminando para enlazar con la ruta turística cuando, de pronto, vi en ese edificio público un cartel que rezaba lo siguiente: «Así eras a las 11 semanas«, junto con la foto de un feto. Más adelante otro, «abortar es matar«. Seguía, «asesina«.
Los carteles se estaban desplegando y, en ese momento, se empezaron a congregar otras personas. Ambas partes indignadas. También turistas. Cuando un señor se disponía a enlazar el siguiente mensaje, una de las personas allí reunidas empezó a recriminar su acción. Viendo que éste no cejaba y que, con una sonrisa, se disponía a ejecutarla; totalmente indignada, se abalanzó sobre el activista que le espetaba que tenía derecho a expresar sus pretensiones y que si no le gustaba lo que veía que era su problema; que se marchase a otro lugar.
Por lo visto, y según algunos, ambos se estaban expresando en el espacio de todos. ¿Un derecho? y, en su caso, ¿sin límites?
La única diferencia entre lo descrito arriba y la realidad es que en lugar de carteles sobre el aborto se estaban desplegando plásticos amarillos.
Óbviese el objeto y nótese la importancia del lugar en el que se desarrollaba la acción: un espacio público. Este ejemplo únicamente pretende invitar a la reflexión sobre los límites que debe tener cualquier derecho, incluso los controvertidos, si lo que queremos es convivir en una sociedad libre en toda su expresión.
Otro ejemplo: ¿Cuándo debe considerarse que nos encontramos ante el «autobús de la vergüenza» y cuándo ante el «autobús de la libertad de expresión»? ¿Puedo opinar sin límites llegando incluso al extremo de la discriminación?
Es evidente que todo derecho debe conocer su límite y no debe ser menos el derecho a la libertad de expresión, por mucha reminiscencia acomplejada que el mismo parece ser que entraña incluso en la actualidad. El problema es que su delimitación no es, jurídicamente hablando, una cuestión pacífica y obliga a su determinación caso por caso en los Tribunales.
En el caso de los plásticos amarillos, sin embargo, y en el de la reflexión que aquí se invita, el quid de la cuestión no es la expresión política mediante plásticos sino su instalación en los espacios públicos.
Pero si es tan difícil determinar los límites a la libertad de expresión como así sucede, y debe realizarse un análisis casuístico sobre el que se han vertido ríos de tinta; en lo que atañe al espacio público ¿por qué no evitar el problema de base y, en su lugar, promover institucionalmente su neutralidad?
Un posicionamiento equidistante que considera que tanto derecho tiene el que quiere poner plásticos amarillos en espacios públicos a ponerlos; como el que se siente obligado a quitarlos porque están en el espacio de todos, a quitarlos; es caos. El problema no se soluciona con ciudadanos que, hartos de ver como son obviados, salgan a devolverlo a su neutralidad. Hace falta regulación salvo que se pretenda que las personas, movidas por sus emociones, terminen actuando violentamente en defensa de lo que equivocadamente les dijeron las autoridades -y esto es grave y da pie a otra reflexión-, que era parte de su libertad de expresión.
Determinar los límites de la libertad de expresión es un trabajo harto difícil pero limitar el uso del espacio público a lo que es, un espacio de convivencia, es meridianamente sencillo. Concibamos el espacio público como lugar de harmonía, coexistencia; no de confrontación.
Si su uso deriva en tensiones e incluso violencia, quizás incluso las mentes más atolondradas deberían plantearse que algo falla. Sucede entonces que ni el espacio es público, pues se hace un uso partidista; ni existe convivencia sino violencia en sus distintas expresiones; y la violencia, no debe tener su amparo en ningún derecho, tampoco en el fundamental de la irresoluta libertad de expresión.
Por un espacio público del que se salvaguarde legalmente su neutralidad.
BEATRIZ VILAR, Abogada | Barcelona
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