Toni Fitó es un abogado secesionista que se presenta como «miembro de la Sindicatura Electoral del Referéndum del 1 de octubre por la demarcación de Barcelona» y miembro del «Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Barcelona», que preside el secesionista radical Joan Canadell.
Ha planteado en redes un «modesto apunte jurídico por «si alguien en el Govern se está planteando desobedecer [al Gobierno de España]», como apunte a un comentario de otra abogada secesionista, Olga Amargant, que muestra su malestar por «que sea Murcia del PP y no Cataluña quien desobedezca para salvar vidas es francamente indignante, Govern y Quim Torra».
Amargant hacía referencia a la exigencia del gobierno autonómico murciano de ordenar el confinamiento total por el coronavirus, aunque en realidad lo que ha hecho este Ejecutivo es mandar el decreto al Gobierno de España para que lo valide.
Fitó, como consejo al Govern por si decide desobedecer, cita el artículo 20 del Código Penal de la siguiente manera: «Están exentos de responsabilidad criminal (…) quién, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno (…) infrinja un deber, siempre que: 1. Que el mal causado no sea más grande que el que se trata de evitar. 2. Que la situación de necesidad no haya estado provocada intencionadamente por el sujeto. 3. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse».

Cuando otro tuitero le pregunta sobre si «el estado de alarma cambia las leyes», Fitó argumenta que «el Código Penal sigue vigente» y que «si se hubiera declarado el ‘estado de sitio’, entonces sí que determinados delitos podrían quedar sometidos a la jurisdicción militar».
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