La Asamblea por una Escuela Bilingüe exige a la Generalitat la retirada del proyecto del decreto de régimen lingüístico del sistema educativo catalán. En un extenso documento de dieciocho páginas, la AEB realiza un minucioso examen del proyecto hecho público el pasado mes de julio y solicita su retirada ante la evidencia de que es claramente inconstitucional y una norma con perfiles totalitarios.
La AEB aportará el proyecto y las alegaciones presentadas a la queja abierta ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, con el objetivo de que sean tenidas en cuenta ante la próxima misión a Cataluña de esta institución. Las conclusiones y propuestas aportadas se resumen en los siguientes puntos:
1. El proyecto de decreto es notoriamente inconstitucional a la luz de la doctrina jurídica consolidada por el Tribunal Constitucional. Este proyecto de decreto rompe de forma expresa el patrón constitucional de igualdad estructural de las lenguas cooficiales al excluir el carácter oficial y, por tanto, vehicular del castellano, y establecer las condiciones concretas de preferencia exclusiva del catalán en normas reglamentarias sobre uso de las lenguas cooficiales y los proyectos lingüísticos.
2. Impone de forma rotunda el monolingüismo catalán con exclusión palmaria del castellano y utiliza la lengua como herramienta de exclusión con el objetivo de levantar barreras lingüísticas que dificulten la movilidad de trabajadores y familias. Impone la inmersión obligatoria en catalán a los alumnos de habla castellana y vulnera el derecho de los docentes al uso vehicular de la lengua castellana, y establece el catalán (con la excepción del aranés en Arán) como única lengua vehicular, única lengua de aprendizaje de las materias no lingüísticas, única lengua de comunicación interna de la comunidad educativa, única lengua de comunicación con las familias de los alumnos (prevé incluso el uso de servicios de traducción para evitar cambiar de lengua), única lengua de documentación y rotulación de los espacios institucionales, única lengua de acogida de nuevos alumnos en su ingreso en el segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, y única lengua de las pruebas de evaluación.
3. El castellano queda reducido a la condición de lengua extranjera.
4. Control político del monolingüismo catalán en las instituciones docentes, y condicionamiento mental y conductual de los docentes aplicado a todos los resortes del sistema educativo. Desde el Departamento se extiende una red de poder que abarca a todo el sistema (red de centros docentes, públicos y privados, servicios y programas educativos): ordenación minuciosa, control de las conductas, directivos de las instituciones educativas convertidos en comisarios de control de los usos lingüísticos, sanciones disciplinarias para los incumplimientos, ajuste de parámetros evaluativos de auto cumplimiento sin referencias externas. En definitiva, un sistema cerrado y bloqueado.
5. Extralimitación competencial en las exigencias de competencia lingüística en catalán para el acceso a la función docente. Acreditación del Nivel C2 el MECR en catalán, a todo el personal docente no universitario, aplicable en los nombramientos de personal interino.
6. Régimen lingüístico lesivo para los intereses públicos y las libertades ciudadanas. Establece, en resumen, un sistema anticonstitucional y excluyente que instrumentaliza desde el poder político la vida escolar y su capacidad profesional con efectos perjudiciales en las libertades ciudadanas y en los derechos lingüísticos y educativos de los alumnos, limitando sus posibilidades de éxito académico con efectos en su carrera. Estamos, pues ante una norma de perfiles totalitarios.
7. Es un inadmisible ataque a la convivencia y más allá de su evidente infracción de la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional sobre oficialidad de las lenguas y presencia de éstas en la educación, a la que se ha hecho mención, supone la consagración de la exclusión del español, consecuencia de una voluntad hispanófoba que pretende convertir en impropia la lengua materna de la mayoría de los catalanes, la que es oficial, junto con el catalán y el aranés en Cataluña y la que nos une con el conjunto de los españoles y con la comunidad mundial de hispanohablantes.
8. Se niega a los centros educativos la posibilidad de cambiar las condiciones de exclusión del castellano establecidas a lo largo del decreto y se pone fin a la autonomía de los centros; pues los proyectos lingüísticos pasan a ser responsabilidad legal del Departamento de Educación (artículo 21).
9. Además, se establece que el incumplimiento del proyecto lingüístico (esto es, del uso obligatorio del catalán o, lo que es lo mismo, la exclusión del castellano como lengua vehicular) será sancionado en el caso de las personas dependientes del centro y tendrá consecuencias contractuales para el personal externo. Se advierte también de que el incumplimiento podrá implicar el fin de la autorización a los centros educativos.
10. Todo este aparato inquisitorial de fiscalización y sanción descansa en nuevos órganos que tendrán la función de vigilar que se cumpla la exclusión del castellano; en concreto, la comisión del proyecto lingüístico, que fiscalizará la lengua que utilizan los alumnos, las familias, el personal docente y quienes se relacionan con el centro pasará a ser objeto explícito de vigilancia.
11. El decreto abandona los disimulos jurídicos y hace expreso que la única lengua oficial del sistema educativo es el catalán (artículo 16) . La exclusión del castellano responde a un claro propósito político, la pretensión nacionalista de fabricar una sociedad en la que la única lengua de cohesión sea el catalán (artículo 11).
NOTA: En estos momentos de crisis y de hundimiento de publicidad, elCatalán.es necesita ayuda para poder seguir con nuestra labor de apoyo al constitucionalismo y de denuncia de los abusos secesionistas. Si pueden, sea 5, 10, 20, 50 euros o lo que deseen hagan un donativo aquí.
necesita tu apoyo económico para defender la españolidad de Cataluña y la igualdad de todos los españoles ante la ley.


















