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El TSJC ordena la ejecución provisional de la sentencia que anuló parcialmente el Decreto Lingüístico de la Generalitat

Los artículos anulados son precisamente los que imponían el catalán como única lengua vehicular obligatoria en el sistema educativo catalán.

Por Sergio Fidalgo
lunes, 30 de marzo de 2026
en Sociedad
3 mins read
Foto:@hugomanchon

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La Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB) ha informado en un comunicado que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado la ejecución provisional de la sentencia del mismo Tribunal de fecha 8 de septiembre de 2025 que anuló parcialmente el Decreto 91/2024, regulador del régimen lingüístico del sistema educativo catalán.

Esta decisión implica que, mientras el Tribunal Supremo resuelve los recursos de casación interpuestos, los 14 preceptos anulados total o parcialmente del Decreto quedan sin aplicación, incluidos aquellos que imponían el catalán como única lengua vehicular y estructuraban los proyectos lingüísticos de centro sobre esa exclusividad. El auto del TSJC confirma que el núcleo del modelo lingüístico vigente, basado en la exclusión del castellano como lengua de enseñanza, carece actualmente de cobertura legal.

Los artículos anulados son precisamente los que imponían el catalán como única lengua vehicular obligatoria en el sistema educativo catalán —incluida la acogida de alumnos procedentes del extranjero o de otras zonas de España— y configuraban los proyectos lingüísticos de centro en clave monolingüe. Este modelo suponía, en la práctica, la relegación del castellano a un papel residual.

Tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo han venido confirmando reiteradamente la doctrina del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, según la cual este modelo vulnera los artículos 3, 14 y 27 de la Constitución Española, al ser contrario a la cooficialidad lingüística y al principio de no discriminación por razón de lengua en el sistema educativo.

En consecuencia, las circunstancias jurídicas han cambiado de forma sustancial y ya no existe amparo normativo alguno que permita sostener un modelo educativo monolingüe en catalán. Los centros educativos deben adaptar su funcionamiento al principio de cooficialidad lingüística, lo que implica que el castellano no puede ser excluido como lengua de aprendizaje ni de uso en los centros educativos.

La ejecución provisional afecta directamente a los proyectos lingüísticos de los centros, que se basaban en los preceptos ahora anulados. Por ello, la AEB considera que dichos proyectos deben ser revisados y adaptados, incorporando el castellano como lengua vehicular, eliminando cualquier cláusula de exclusividad del catalán y garantizando el respeto a los derechos lingüísticos tanto de los alumnos como del profesorado.

En este contexto, la AEB advierte de que, tras la ejecución provisional de la sentencia, no puede sancionarse ni a profesores ni a alumnos por utilizar el castellano en el ámbito educativo. Cualquier intento de hacerlo carecería de base legal, al apoyarse en normas que han sido anuladas por el Tribunal.

Asimismo, la AEB anuncia que está prestando apoyo jurídico a profesores han sido expedientados y sancionados por impartir sus clases y facilitar materiales en castellano a sus alumnos. La entidad considera especialmente grave esa persecución a profesores que son expresión de prácticas administrativas contrarias al marco jurídico establecido reiteradamente por el TSJC que parte de la consideración de que tanto el catalán como el castellano deben ser lenguas vehiculares de enseñanza.

Del mismo modo, la AEB ha solicitado en diversos centros educativos la revisión de los proyectos lingüísticos, con el objetivo de amparar a las familias que ejercen su derecho a que sus hijos reciban enseñanza también en castellano. La AEB insta al Departamento de Educación de la Generalitat a cumplir de forma inmediata la ejecución provisional de la sentencia y, en consecuencia, a dictar instrucciones claras a los centros educativos, evitando cualquier actuación contraria a los derechos lingüísticos de la comunidad educativa.

«La resolución del TSJC marca un antes y un después en el sistema educativo catalán. La escuela debe dejar de ser un instrumento de imposición lingüística y volver a su función esencial: garantizar una educación de calidad, respetuosa con los derechos de todos los alumnos», argumentan desde la AEB. Y añaden que «continuaremos trabajando para asegurar que esta sentencia se aplique de forma efectiva en todos los centros educativos de Cataluña».

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Etiquetas: AEBinmersión lingüísticaTSJC
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