El Tribunal de Cuentas ha multado con 277.000 euros a Manuel Valls por incumplir un artículo de la Ley Orgánica sobre financiación de los partidos políticos, correspondiente a las elecciones municipales de 2019.
“Los partidos políticos no podrán aceptar que, directa o indirectamente, terceras personas asuman de forma efectiva el coste de sus adquisiciones de bienes, obras o servicios o de cualquier otro gasto que genere su actividad“. Sólo hay un partido que en las elecciones municipales del año 2019 incumpliera este artículo, el 4.3 de la ley orgánica de financiación de partidos políticos: Barcelona pel Canvi, la plataforma de Manuel Valls.
La cosa no acaba aquí, ya que hay que sumar 25.000 euros más por incumplir el límite máximo de gasto en publicidad en el exterior. “La coalición ha superado el límite referido a los gastos de publicidad exterior (artículo 55 de la LOREG) en 3.552,32 euros, lo que ha supuesto un exceso del 9,97% sobre el límite (35.647,55 euros)”, indicaba el Tribunal de Cuentas.
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